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Código ético y de conducta


Los empleados públicos -funcionarios y personal laboral- están sometidos a unos principios éticos y un código de conducta, en virtud de la ley 7 del 2007, conocida por Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), siendo ministro de Administraciones Públicas Jordi Sevilla. Esta referencia viene a cuento por los casos que diariamente comprometen a altos miembros de distintas instituciones del Estado, que, siendo funcionarios públicos, no están sometidos a esta ley y por lo que parece ni a ninguna norma que les obligue a actuar de determinada manera.

Con frecuencia, con demasiada frecuencia, conocemos que alguno de estos altos servidores públicos, cometen este o aquel acto, que sin estar tipificados como delito en el Código Penal, su actuación no se ajustan a principios morales o éticos, que deben estar presente en un estado democrático y de derecho, máxime en momentos de crisis económica, donde la austeridad es un mandato cuasi constitucional.

Decíamos que por el EBEP, los funcionarios y personal al servicio de las Administraciones Públicas, quedan sujetos a determinados principios éticos y código de conducta. Por ejemplo: No contraerán obligaciones económicas ni intervendrán en operaciones financieras, obligaciones patrimoniales o negocios jurídicos con personas o entidades cuando pueda suponer un conflicto de intereses con las obligaciones de su puesto público; no aceptarán ningún trato de favor o situación que implique privilegio o ventaja injustificada, por parte de personas físicas o entidades privadas (art.53.6 y 7) o: Administrarán los recursos y bienes públicos con austeridad, y no utilizarán los mismos en provecho propio o de personas allegadas; se rechazará cualquier regalo, favor o servicio en condiciones ventajosas que vaya más allá de los usos habituales, sociales y de cortesía, sin perjuicio de lo establecido en el Código Penal (art.54.5 y 6).

Pues bien, esta norma clara y contundente que afecta a los conserjes, auxiliares administrativos y de servicios, técnicos y oficiales, no se aplica a otros llamados funcionarios públicos como el rey o los miembros del gobierno de la nación, los jueces, magistrados o fiscales, los diputados en Cortes o regionales, alcaldes, concejales, personal del Banco de España, entre otros muchos más. Poco hay más, porque no parece que interese que exista.

El caso del Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, está clamando entre los justos. Un gran número de viajes, de fines de semana, en hoteles de lujo, con acompañante incluido, que según el Tribunal que el Preside, no son constitutivos de delito, pero que han existido, fuera del horario de “oficina” y que han sido sufragados por la institución pública. ¿No es esto aceptar trato de favor o situación de privilegio o ventaja injustificada? ¿Es esto administrar los recursos y bienes públicos con austeridad, y no utilizarán los mismos en provecho propio o de personas allegadas?

El más reciente caso afecta a la persona del rey. Don Juan Carlos fue obsequiado con dos Ferrari, valorados en 500.000 euros, por el jeque Mohamed bin Rashid al Maktoum, primer ministro de los Emiratos Árabes el pasado mes de noviembre cuando asistió a una feria temática de esta marca. ¿No son estos regalos que van más allá de los usos habituales, sociales y de cortesía? Claro, a la secretaria una caja de bombones y al conserje un puro; esos si son usos habituales y corteses.

No creo que haga falta mencionar más casos de corrupción, corruptelas y privilegios injustificados, para darnos cuenta de la dimensión de la injusticia y desvergüenza. 

Existe diferente trato de favor entre unos y otros empleados públicos. Los que llamaríamos empleados públicos “bajos”, están sometidos a principios éticos y código de conducta que informan la interpretación y aplicación de su régimen disciplinario; los “altos” empleados públicos, sin normas de conducta y cargados de privilegios, lujos y ostentación, que favorecen las actuaciones desleales hacia la ciudadanía a la que deben servir y representar.

Algo hay que hacer.

Se publicó en Diario Progresista el 20 de junio de 2012

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Víctor Arrogante
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