Fue un 4
de febrero de 1937, en plena guerra española, cuando la Gaceta de la
República publicaba el Decreto del Ministerio de Justicia que
reconocía la igualdad de derechos civiles para ambos géneros. La
Constitución republicana ya recogía que "el matrimonio se funda en
la igualdad de derechos para ambos sexos", pero existían
contradictorias entre la Carta Magna y las leyes civiles,
especialmente lo relacionado con la mujer casada.
Esta
norma fue derogada por la dictadura franquista, lo que supuso en
retroceso en los derechos de las mujeres y de toda la ciudadanía.
Parece que hoy, algunos representantes de las derechas
reaccionarias, pretenden que la igualdad deje de ser una realidad,
incluso conculcando la Constitución, que tanto dicen defender.
El Ministro de Justicia Juan García Oliver, de
acuerdo con el Consejo de Ministros, razonaba en la introducción del
decreto de 1937, la necesidad de adaptar las leyes civiles a la
Constitución de la Segunda República española de 1931,
"porque así lo exige la revolución jurídica operada en nuestro país,
incompatible con los arcaicos privilegios que las leyes conceden y
otorgan por razones de sexo". El Ministro destacaba que la igualdad
de derecho del varón y de la mujer debe ser absoluta, sin otros
limites que las diferencias impuestas por la Naturaleza. "La mujer,
dentro del matrimonio ha de ser una verdadera compañera, y dentro y
fuera del matrimonio ha de poder desempeñar las mismas funciones
civiles que el varón". Terminaba expresando que "toda sombra de
autoridad marital, de restricción y aun de privilegios de uno u otro
sexo es absolutamente incompatible con la dignidad que igualmente
ostentan y que la ordenación jurídica debe consagrar". (Gaceta
de la República - Núm. 35, del 4 de Febrero de 1937).
La Constitución de 1931 fue la primera en plantear el principio de
igualdad entre los sexos. En el artículo
segundo reconoce que "Todos los españoles (y españolas) son iguales
ante la ley". El artículo 36 planteó el derecho de voto: "Los
ciudadanos de uno y otro sexo mayores de veintitrés años, tendrán
los mismos derechos electorales conforme determinen las leyes". El
artículo 53 reconoce el derecho, tanto a hombres como a mujeres, a
ser elegidos diputados. El 25, afirmaba que no se aceptaban
"privilegios jurídicos por razones de sexo". El artículo 43 otorgaba
la igualdad de derechos para hombre y mujer en el matrimonio y
anulaba el concepto de ilegitimidad en los hijos naturales. Por
último los artículos 33 y 40 relacionaban el mundo laboral y la
mujer, el 33 afirmaba la libertad de elección laboral y el 40 que
todos los nacionales son admisibles en los empleos sin distinción de
sexo.
Entre
1931 y 1936 se legislará a partir del esquema de la Constitución,
ampliando y cuestionando derechos y obligaciones. Entre 1936 a 1939,
el aparato legislativo se ralentiza, particularmente en lo
relacionado al ámbito femenino, salvo el Decreto que comentamos. La
ley polémica por definición es la del Divorcio, firmada en febrero
del 32; una de las más vapuleadas por la represión jurídica
franquista que, junto con la Ley de Matrimonio Civil del 28 de junio
de 1932, pondrán en jaque a las ya reducidas parcelas de la Iglesia.
Se autorizó a la mujer ejercer la patria potestad sobre los hijos
menores con su viudez. En la reforma del Código Penal de 27 de
octubre de 1932 igualaban las penas por "delitos pasionales", tanto
a hombres y mujeres. En ley del 28 de junio de 1935 se abolió la
prostitución.
La situación social de la mujer no había
variado en España al iniciarse el siglo XX con respecto a la segunda
mitad del siglo anterior.
Las mujeres seguían careciendo de derechos legales y se encontraban
sumidas en la incultura y el analfabetismo.
En 1900, el 66% de las mujeres eran analfabetas frente al 47,5% de
los hombres. A pesar de que las mujeres de clase baja formaban en
1930 el 14% de la población activa, se veían claramente
discriminadas en su salario, cobrando hasta un 48% menos que los
varones que ejercían el mismo puesto laboral. Además, las mujeres
estaban obligadas a realizar las tareas domésticas.
Las primeras elecciones en las que
participaron las mujeres fueron las de 1933;
inevitablemente se les echó la culpa de la victoria de la derecha.
Aún aceptando que una parte del electorado femenino hubiera podido
influir en el resultado favorable a las derechas, si se sumaban
todos los votos de izquierda emitidos, todavía superaban a los de
los conservadores. Se trataba sobre todo de un problema de
estrategia y unidad, como se encargaría de demostrar las elecciones
de 1936 con el triunfo del Frente Popular.
En todo caso, las tesis sufragistas acababan
de anotarse un triunfo en España. La concesión del voto o la ley del
divorcio, fueron logros de la mujer en el periodo republicano.
La Guerra Civil y el nuevo Estado impuesto tras la victoria de las
fuerzas franquistas el 1 de abril de 1939, darían al traste con todo
lo conseguido. Habría que esperar al
cierre de ese largo paréntesis de 40 años para que las mujeres
recuperaran el punto de partida que significó la conquista del voto
en 1931.
Tan solo
quince días después de proclamarse la Segunda República, el Gobierno
provisional habría una nueva parcela para la incorporación laboral
de la mujer. La Gaceta de Madrid, publicaba el 30 de abril de 1931,
un decreto según el cual la mujer podía ingresar indiscriminadamente
en los Cuerpos de Registradores de la Propiedad y Notariado, así
como en otras funciones de Judicatura y Abogacía del Estado. De esta
manera, las licenciadas en Derecho, cuyas únicas salidas eran el
ejercicio privado de la abogacía (con la consiguiente discriminación
y prejuicio de la labor femenina) o la participación en
conferencias, aumentaban sus horizontes laborales.
La Guerra y el régimen franquista cortaron las
alas al ideal de igualdad entre sexos. La labor social y política de
la mujer durante la dictadura fue desterrada. En los territorios
ocupados, se prohibió la coeducación (1936), el matrimonio civil
(marzo de 1938) y el divorcio (septiembre de 1938). Se establecieron
penas para el aborto y el adulterio, y la prostitución fue de nuevo
legalizada. En definitiva, se restableció el papel tradicional de la
mujer. (Portal
Libertario OACA). La derogación de los
derechos femeninos bajo el gobierno de Franco llegó a tal punto que,
aun en 1975, la celebración del Día Internacional de la Mujer
Trabajadora estaba prohibida.
El
Decreto al que nos referimos de 1937 sobre igualdad de derechos
civiles, en su artículo primero, declaraba que "El sexo no origina
diferencia alguna en la extensión y ejercicio de la capacidad civil.
La mujer, sea cualquiera su estado, tiene la misma capacidad que las
Leyes reconocen o puedan reconocer al hombre para ejercer todos los
derechos y funciones civiles".
Parece que no ha pasado el tiempo. Plataformas
de organizaciones feministas, presentaron un
Manifiesto, como respuesta a las
pretensiones de Vox en materia de género, como derogar la ley de
violencia de género y otros planes contra el feminismo, contra el
aborto libre y gratuito o las listas paritarias,
expresadas en el documento negociado con PP y Ciudadanos en
Andalucía. La presidenta de la
Federación Estatal de Mujeres Progresistas,
Yolanda Besteiro, llamaba a la unidad de todo el movimiento
feminista y de "toda la ciudadanía" para oponerse a las propuestas
de la ultraderecha.
No hay
mayor violencia social que la desigualdad. No hay mayor crimen que
los que se cometen contra quienes sufren desigualdad, que son los
más vulnerables. En el caso de las mujeres, se dan las dos
circunstancias: sufren desigualdad social y son victimas de la
violencia machista, que es terrorismo. Si la República tuvo la
sensibilidad de reconocer la igualdad en derechos civiles, hoy
seguimos reivindicando la igualdad real y efectiva. Hay que
conseguir la igualdad en derechos ciudadanos, sociales, laborales y
los de cualquier otra condición.
Dicen las
mujeres −y yo con ellas− que no van a permitir ningún retroceso en
sus derechos, porque los derechos de las mujeres no se negocian, ¡ni
un paso atrás en igualdad!".